PNL RELATIVA A LA OPORTUNIDAD DE SUSPENSIÓN DE LA ACTIVIDAD DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN, PÚBLICA Y PRIVADA.

Ante la situación de emergencia sanitaria que vive nuestro país, como consecuencia del coronavirus (COVID 19), el Gobierno ha implementado una serie de medidas económicas en su Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

En dicho texto se establecen medidas para evitar los efectos negativos sobre el empleo y la viabilidad empresarial derivados de la suspensión de contratos públicos, estableciéndose un régimen específico de suspensión de los mismos, si las medidas adoptadas por el Estado, las Comunidades Autónomas o la Administración Local para combatir el coronavirus dieron lugar a la resolución de los mismos, estableciéndose una serie de condiciones y coberturas aplicables a una paralización de obras. Los contratos públicos de servicios y de suministros de prestación sucesiva, vigentes a la entrada en vigor Del Real Decreto-ley cuya ejecución “devenga imposible como consecuencia del COVID-19, o las medidas adoptadas por el Estado, las CCAA, o la Administración Local para combatirlo, quedarán automáticamente suspendidos desde que se produjera la situación de hecho que impide su prestación y hasta que dicha prestación pueda reanudarse”.

Con independencia de la idoneidad o no de las medidas, desde el Grupo Parlamentario Popular se echa en falta una respuesta de conjunto al sector de la construcción, que no es solo el representado por la obra pública, existiendo agentes diversos como empresas constructoras, promotoras, profesionales y operarios que ejercen su actividad en el ámbito privado y que no ven su situación reflejada en el Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

El Partido Popular considera fundamental garantizar la igualdad de derechos y garantías de todos los agentes del sector en todo el territorio nacional.

Para consultar la iniciativa pincha PNL Suspensión actividad sector construcción C19 24 de marzo.1.pdf.pdf (1)

 

PNL PARA GARANTIZAR MEDIDAS URGENTES EXTRAORDINARIAS PARA LAS CONTRATACIONES Y, EN ESPECIAL, PARA LOS SUBCONTRATISTAS.

El Real Decreto 8/2020, de 17 de marzo, pone en marcha medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 y contempla en su Artículo 34 una serie de medidas en materia de contratación pública para paliar las consecuencias derivadas del estado de alarma en el que nos encontramos.

El Artículo 34 reconoce, en sus diferentes apartados, las medidas a aplicar a contratos públicos de servicios y de suministros, contratos públicos de obras y contratos públicos de concesión de obras y de servicios, vigentes  a la entrada en vigor de este real decreto ley, celebrados por las entidades pertenecientes al Sector Público con sujeción a la Ley 9/2017 o a la Ley 31/2007 sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales o Libro I del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.

Los daños y perjuicios por los que el contratista podrá́ ser indemnizado serán únicamente los que se indican a continuación:

1. Los gastos salariales que efectivamente hubiera abonado el contratista al personal que figurara adscrito con fecha 14 de marzo de 2020 a la ejecución ordinaria del contrato, durante el período de suspensión.

2. Los gastos por mantenimiento de la garantía definitiva, relativos al período de suspensión del contrato.

3. Los gastos de alquileres o costes de mantenimiento de maquinaria, instalaciones y equipos relativos al periodo de suspensión del contrato, adscritos directamente a la ejecución del contrato, siempre que el contratista acredite que estos medios no pudieron ser empleados para otros fines distintos durante la suspensión del contrato.

4. Los gastos correspondientes a las pólizas de seguro previstas en el pliego y vinculadas al objeto del contrato que hayan sido suscritas por el contratista y estén vigentes en el momento de la suspensión del contrato.

El Partido Popular cree que es fundamental dar respuesta a:

El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:

1.Dictar las medidas que consideren oportunas al objeto de garantizar el pago a subcontratistas.

2. Modificar el punto número 2 del Artículo 34 del Real Decreto 8/2020 al objeto de que el órgano de contratación conceda al contratista la ampliación del plazo, previo informe del responsable del contrato y no del director del contrato que es como se establece.

3.- Incluir el punto número 5 del artículo 208 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre relativo a la indemnización con un 3 por 100 del precio de las prestaciones que debiera haber ejecutado el contratista durante el período de suspensión, conforme a lo previsto en el programa de trabajo o en el propio contrato.

4.- Modificar el Artículo 34 de tal manera que transcurrido el plazo indicado sin notificarse la resolución expresa al contratista, esta deberá́ entenderse estimatoria.

Para ver la iniciativa pincha 2020.03.24 PNL Mejora artículo 34 RD 8-2020.pdf (1)

EL PP URGE AL GOBIERNO A PRESTAR ATENCIÓN PRIORITARIA A LAS RESIDENCIAS DE MAYORES Y DECLARAR A SUS PROFESIONALES COMO PRESTADORES DE SERVICIOS ESENCIALES

El Grupo Parlamentario Popular ha urgido hoy al Gobierno a prestar atención prioritaria al sector residencial y a declarar a sus profesionales como prestadores de servicios esenciales en virtud de una PNL registrada en el Congreso para que se atiendan las necesidades del sector residencial, que concentra al colectivo más vulnerable frente al Coronavirus.

Es fundamental proveer a la mayor urgencia posible a las residencias de personas mayores y personas con discapacidad del material de urgente necesidad para garantizar la seguridad de los trabajadores y usuarios, así como garantizar el abastecimiento de material de protección para los trabajadores que se desplacen hasta cada hogar.

Para ver la iniciativa pincha 2020.03.24 Registro GPP – PNL Necesidades sociales COVID19.pdf

PNL PARA IMPULSAR LA EJECUCIÓN DE LAS ACTUACIONES PENDIENTES DE LA AUTOVÍA A-73 BURGOS-AGUILAR

El proyecto de autovía Burgos-Aguilar (A-73) surge hace más de una década como una vía de conexión de casi 71 km entre la capital de Cantabria y Burgos. Se plantea como un nuevo trazado de alta capacidad que discurre paralelo a la N-627 y que optimiza la ruta en 35 km.
Esta infraestructura se planificó en 7 tramos, 2 de los cuales (Burgos-Quintanilla Vivar y Quintanilla Vivar-Quintanaortuño) fueron ejecutados en su totalidad antes de la llegada de la crisis y de los recortes en infraestructuras que supusieron su paralización a finales de 2018.

Actualmente se encuentran en servicio solamente 10 km de los que contemplan el trazado y, aunque se espera que el tramo entre Pedrosa de Valdelucio y Bascones de Valdivia finalice en los próximos meses, todavía siguen pendientes de fecha de inicio de las obras los tramos: Aguilar-Báscones de Valdivia, Pedrosa de Valdelucio-Santa Cruz del Tozo, Santa Cruz del Tozo-Montorio y Montorio-Quintanaortuño.

Tanto desde el Senado como desde el Congreso se ha solicitado documentación al Gobierno y se han realizado varias preguntas escritas, pero creemos que es, más necesario que nunca, la finalización de esta autovía.

PNL PARA GARANTIZAR EL ABASTECIMIENTO DE CANTABRIA A TRAVÉS DEL BITRASVASE EBRO-BESAYA-PAS

Cantabria tiene reconocido el derecho a captar agua del Embalse del Ebro para suplir el déficit que, todos los veranos y principalmente la capital, se produce en la región.

Para Cantabria resulta fundamental garantizar el abastecimiento de agua durante el verano mediante la concesión de una nueva autorización especial para la derivación de agua del Embalse del Ebro a través del bitrasvase.

La autorización, tan necesaria para Cantabria, está paralizada por el Gobierno del Pedro Sánchez.

Para ver la iniciativa pincha PNL1

PNL PARA PALIAR LOS DAÑOS PRODUCIDOS POR LA BORRASCA ELSA EN CAMPOO DE ENMEDIO, REINOSA Y VEGA DE LIÉBANA

El pasado 19 de diciembre la Comunidad Autónoma de Cantabria comenzó a notar el paso de ‘Elsa’, una borrasca que había entrado por el noroeste de la península y que se hizo patente en nuestro territorio con un gran temporal de lluvia y vientos de hasta 138 km/h.

Las localidades de Matamorosa y Cañeda en el municipio de Campoo de Enmedio; Reinosa, capital de la comarca Campoo-Los Valles, y el municipio de Vega de Liébana fueron las zonas gravemente afectadas por las intensas lluvias y las fuertes rachas de viento que no provocaron daños personales pero que dejaron tras de sí cuantiosos daños materiales en bienes particulares, suministro eléctrico, conexión ferroviaria con la Meseta, de especial repercusión en el tráfico de mercancías, así como numerosos desperfectos en fincas y accesos.

EL Partido Popular considera que es más necesario que nunca el agilizar el pago de las ayudas a todos los afectados.

Para ver la iniciativa pincha PNL_INUNDACIONES